Resoluciones del Sínodo Extraordinario de la IADC del 1 al 7 de julio de 2018.
1) Ajustar los Cánones de acuerdo a la
realidad eclesial internacional ya que estaban diseñados para una realidad
local: Uruguay; en eso estaremos trabajando y consultando.
2) Las solicitudes de residencia eclesiástica
o incardinación de clérigos y clérigas que se produzcan a partir de la fecha,
tendrán un tiempo no menor a los 12 meses antes de adquirir el derecho a voto
en el Sínodo.
3) No se admitirá el ingreso de Obispos y Obispas
hasta que se resuelva en un Sínodo los criterios de su ingreso.
4) No se designarán Obispos u Obispas para
las Iglesias Locales hasta que se resuelva en un Sínodo los procedimientos de
elección.
5) Las distintas comunidades eclesiales en cada
país tendrán el status de Misión, luego de Iglesia Hogar o Comunidad eclesial
(de acuerdo a los Cánones) y de acuerdo a la situación de cada una y lo
resolverá el Obispo que preside la IADC o un Sínodo convocado a tales efectos.
6) Cada una de ellas dependerá en primera
instancia de la persona que la lidera y en segunda instancia del Obispo que
preside la IADC.
7) Cada una de ellas mantendrá el perfil e
identidad propia al igual que la forma de organizarse.
8) Ninguna de ellas puede ni debe interferir
en la vida eclesial de la otra, salvo que se lo solicite el Obispo que preside
la IADC, el Sínodo o la propia iglesia local.
9) Ante cualquier conflicto entre las
iglesias, se formará un Tribunal eclesiástico que falle sobre el mismo y la
iglesia que no acate será suspendida del Sínodo.
10) Somos una iglesia sinodal por lo tanto,
cada una mantiene su autonomía y su identidad, pero todas están sujetas a la
decisión de la mayoría.
Uruguay, 7 de julio de 2018
+Julio Vallarino
Obispo de la IADC
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